Matías Alfaro Bravo.
"Robinson y Varas: intentos de producción de aguardiente industrial durante el inicio del periodo republicano" / "Robinson and Varas: Attempts at Producing Industrial Level Brandy During the Early Years of the Republican Era".
RIVAR Vol. 3, N° 7, ISSN 0719-4994, IDEA-USACH, Santiago de Chile, enero 2016, pp. 103-117.


Documentos

Robinson y Varas: intentos de producción de aguardiente industrial durante el inicio del periodo republicano (Chile, 1819-1826)

Robinson and Varas: Attempts at Producing Industrial Level brandy during the early years of the republican era (Chile, 1819-1826)

 

Matías Alfaro Bravo*

*Licenciatura en Historia. Departamento de Historia, Universidad de Santiago de Chile. Correo electrónico: matiasalfarob@hotmail.com.


Resumen

En el Archivo Nacional Histórico, repositorio de Capitanía General, se custodian dos piezas documentales, de 1819 y 1826, que reúnen la correspondencia dirigida por algunos sujetos que deseaban conseguir gracias a la autoridad de la época, el permiso y exclusividad para producir aguardiente con maquinaria moderna, a vapor, con ahorro de tiempo e insumos. La primera, encabezada por el estadounidense Jeremías Robinson, tuvo éxito en el permiso, pero no en su realización; la segunda, de los hermanos Ramón y Francisco Javier Varas Recabarren, no la obtuvo. En este trabajo se tratarán algunos de los pormenores de ambas propuestas.

Palabras clave: máquina a vapor, aguardiente, empresarios.


Abstract

In the section Capitanía General of the National Historical Archive are two judicial cases, from 1819 and 1826, that bring together the correspondence between two groups of businessmen who competed to get from the country's current authorities, permission and exclusive rights to produce brandy with modern, time and material saving, steam machinery, and the responses and opinions from those authorities. The first group, led by the american Jeremiah Robinson, was successful in obtaining the permission, but not this realization; the second, led by the brothers Ramon and Francisco Javier Varas Recabarren, failed to win the permission. This paper will analyze some of the details of their proposals.

Key words: steam machinery, brandy, businessmen.


 

Introducción

En los albores de la época republicana, se presentaron en Santiago ante la nueva autoridad dos proyectos para la fabricación de aguardiente con maquinaria moderna, que venía a reemplazar a los tradicionales alambiques con que se había producido esta bebida a lo largo de todo el período monárquico, desde a lo menos 1586 (Muñoz, 2015: 110). Incluso uno de los proyectos ofrecía usar de insumo ya no productos de las viñas, sino otra serie de frutos y productos hortícolas, y avanzar en los destilados hasta llegar al whiskey. Ambos demandaban exclusividad en el permiso; el de un estadounidense obtuvo favorable acogida, pero no así el de dos hermanos chilenos. Finalmente, ninguno prosperó.

 

Jeremías Robinson

En 1818 llegó a Chile Jeremías Robinson, agente diplomático estadounidense, que se encontraba realizando actividades políticas y comerciales en Inglaterra. Si bien su objetivo era promover un acercamiento gubernamental y económico entre Estados Unidos y la reciente nación chilena, no por ello dejó de buscar las posibilidades de incrementar su capital.

Robinson interactuó de inmediato con la élite santiaguina, gracias a lo cual pudo exponer sus ideas al presidente del Senado don Francisco Antonio Pérez Salas, hijo de don José Antonio Pérez García, el cual fue autor de Historia natural, militar, civil y sagrada del Reino de Chile, libro que Robinson intentó comercializar en Estados Unidos, proyecto que acabó fracasando. Otra de las maniobras que utilizó para poder cumplir su finalidad económica personal fue planificar la creación de una empresa encargada de producir destilados.

El acercamiento con este y otros personajes influyentes propició, de mejor manera, la concesión que buscaba tanto el privilegio exclusivo de la fábrica de aguardiente, como el arriendo de tierras para colocarla, entre otras iniciativas industriales. Incluso don Bernardo O'Higgins tuvo plena confianza en Robinson, fundamentalmente por dos motivos; en primer lugar, por las amistades que él afirmaba tener dentro del gobierno estadounidense con el secretario de Estado John Quincy Adams y el presidente James Monroe (Montaner, 1961: 76). Y por otro lado, O'Higgins no miraba con buenos ojos a otros estadounidenses que se encontraban en el país, pues eran vistos por él como partidarios encubiertos de los Carrera. Pero Robinson logró despertar sus simpatías, las cuales pudieron ser influidas ya que había enrostrado "a sus compatriotas los abusos que cometían en el comercio al amparo del pabellón estadounidense" (Eyzaquirre, 1973: 504).

Su iniciativa ha sido registrada por la historiografía tanto local como monográfica. Así en el primer caso Pantaleón Aravena Azócar, en un curioso repertorio de personalidades, dice que "El primero que usó en Chile el procedimiento de destilación de licores de uvas, peras, manzanas, papas, zapallos, membrillos, etc., fué don J. Robinson i se le concedió privilejio por 6 años" (Aravena, 1905: 121). Con posterioridad, en una obra dedicada a su biografía, se trata también sobre su iniciativa empresarial y lo que sucedió posteriormente, cuyo autor utilizó su diario y algunas cartas (Pereira, 1939).

Señala Pereira que el 18 de agosto de 1819, obtuvo del Senado Conservador el privilegio de instalar un alambique de vapor.1 Conjuntamente se había dado órdenes a las autoridades regionales para que se le concediese en arriendo la hacienda de Mahones, como el sitio más propicio para el establecimiento de dicha fábrica (Pereira, 1939: 29). A la empresa se habían asociado don Guillermo Henderson y don Francisco Ramón Vicuña, uniéndolo a un empresario probado y un político de cierto éxito y miembro de la élite santiaguina.

El Senado tuvo a la vista la comunicación de O'Higgins de 28 de julio de 1819, donde se decretaba que Robinson debía ocupar en sus instalaciones, al menos, una cuarta parte de trabajadores que hubieran nacido en el país.

Guillermo Henderson había sido socio de Thomas Cochrane, el célebre marino británico que vino Chile a servir en la escuadra que en aquel entonces se estaba formando. Ambos se involucraron en el negocio ballenero, invirtiendo 60.000 dólares en adquirir barcos y montar una factoría en Coquimbo. Pero lo reunido por los socios debió ser puesto al servicio de la Expedición Libertadora del Perú (Aguayo-Lobo, 1998: 20). Don Francisco Ramón Vicuña Larraín, por su parte, había sido diputado al primer Congreso Nacional en 1811, incursionando en otras iniciativas, tales como la organización de una fábrica de fusiles.

Robinson llegó a Talcahuano el 29 de marzo de 1820, siendo bien recibido por las autoridades; luego de algunos días de fiesta y celebraciones, se entregó de lleno a los trabajos preparatorios, siendo su opinión acerca del lugar y su gente muy favorable. También visitó algunos establecimientos, como uno de don Matías de la Fuente, para extraer salitre en Tumbes, al lado sur de la bahía de Talcahuano, cuyas faenas estaban paralizadas.2 Al respecto, Diego Barros Arana explica que el salitre que se procesaba en la provincia de Concepción tenía como fin la fabricación de pólvora y la razón por la cual aquella labor no prosperó fue porque la propiedad de este mineral "era mas ó menos mala, determinaba el corto alcance de las armas de fuego, i solo era usada por no haber otra en el país. Desde que el comercio comenzó a introducir la pólvora de mejor calidad para los usos militares, aquella fabricación cesó por completo" (Barros Arana, 1888: 652).

Esa industria abandonada fue un pronóstico de lo que pasaría con la suya, víctima de las acciones del montonero realista Vicente Benavides y el apoyo de grupos mapuche. Una de sus incursiones lo obligó a buscar refugio en una nave ballenera, obteniendo permiso para regresar al norte el 28 de julio de 1820.

No obstante lo anterior, en una carta dirigida el 4 de agosto de 1821 a J. Q. Adams, afirmaba que "El país, en cuanto a clima y producciones, maravilloso; está destinado a ser con el tiempo el jardín y granero del Pacífico. Además, las minas de sus alrededores y sus bosques le asignan un papel de importancia desde el punto de vista industrial" (Pereira, 1939: 29-30).

En el documento que se acompaña, fechado en 6 de julio de 1819, Robinson presenta la solicitud formal para la instalación de una máquina a vapor con un privilegio exclusivo por 15 años, anexando una serie de características que permiten distinguir las particularidades del alambique que buscaba instalar, para obtener aguardiente a partir de diversos productos. En un primer lugar, destaca que el artefacto a vapor "es capaz de producir toda variedad y calidad de espíritus y cordiales que hasta ahora se han extractado de substancias vegetables y esencias". Continúa desplegando rasgos distintivos mediante una descripción que alcanza los beneficios del aparato innovador, afirmando "Que la cantidad que da cualquiera substancia es mucho mayor que lo que pueden dar por cualquier otro proceso de alambique en menos tiempo".3

 

Las particularidades del alambique

 

Alambique del Museo de Capel. Vicuña, Valle del Elqui, Región de Coquimbo

Como se puede observar, la función que cumple el vapor para el proceso de fabricación de licor se expone como una novedad. Finaliza el documento explicando que el alambique tiene una distintiva forma de uso, suscitando una mejora en la calidad del aguardiente que se produce, provocando un gusto más agradable al paladar, ya que el sabor a fruta se puede percibir de mejor forma al beberlo.

Posteriormente, en otro documento, Robinson deja ver que el alambique se maneja mediante el uso de fuego y vapor, lo cual es una de las mejores demostraciones científicas que se pueden llevar a la práctica. Esta situación provocaría consecuencias beneficiosas, tanto para las personas, como para el país.

El 17 de julio de 1819, Robinson expone que puso en marcha el referido alambique de vapor, en un documento dirigido a O'Higgins. Se deja ver que el propósito de esta máquina es la extracción del destilado, a partir de uvas, priscos, peras, papas, zapallo, membrillos y manzanas. Pero no tiene pensado producir solo este destilado, sino que "también ginebra, ron, whiskey, etcétera, de granos y toda clase de cordiales y licores electos".4 Sin duda alguna, la fabricación de estos diversos destilados era una apuesta ambiciosa, debido a que buscaba elaborar licores que no eran de consumo tradicional en Chile.

 

Los Varas

Otro caso que merece un análisis es de los hermanos Ramón, de 33 años, y Francisco Javier Varas Recabarren, un poco menor de edad, siendo ambos miembros de la élite de La Serena. Como hijos del maestre de campo don Luis José Varas Marín y doña Felipa María de la Trinidad Recabarren Gayón de Celis, solicitaron el 6 de mayo de 1826 un derecho exclusivo por 10 años para extraer "aguardiente de granos, frutas, etcétera".5

En las comunicaciones destacan el haber sido los primeros chilenos en concebir un proyecto que califican de "tan loable", y para llevar a cabo la empresa debieron de importar la maquinaria desde reinos extranjeros y, junto con ello, a los operadores y distintos trabajadores que laburaban tanto en la reparación del artefacto como en la fabricación de lagares, tinas y otros utensilios. Esta información difiere bastante de la cláusula que se le pone a Robinson, en cuanto al porcentaje de trabajadores nacidos en suelo nacional que debían ser contratados en su proyecto.

Los hermanos Varas arrendaron una suerte de tierras en Malloa, donde se instaló la máquina, pero finalmente se vio truncado el proyecto, producto de desavenencias con el dueño de la propiedad; y para evitar un litigio, lo dejaron. Posteriormente ellos compraron un terreno en Labra y en virtud de haber invertido gran parte de sus fortunas personales en esta empresa, necesitaron la concesión del privilegio exclusivo.

No eran de pocos recursos económicos los recurrentes, pues el mayor aportó a su matrimonio en 1818 la cantidad de 16.000 pesos. Talvez esperaba un decreto favorable dado que en 1822 había llevado un cargamento de víveres al Callao en la fragata Restauración para provisión del Ejército Libertador del Perú, operación en la que no había recibido pago del fisco.

La respuesta no se hizo esperar y el 16 de mayo de 1826, se les informa el rechazo a la petición, argumentando que previamente se les había entregado recursos. Además se explica que no debería ser costosa ni difícil la puesta en marcha de esa empresa, tomando en cuenta las cuantiosas viñas existentes en el país.

Con posterioridad Ramón se involucró en negocios mineros en Petorca y Copiapó y en hornos de fundición en Higuerillas, cerca de La Serena, y agrícolas en sus haciendas en Illapel. Políticamente, logró ser diputado al Congreso Nacional en 1852, como suplente por La Serena, y en 1861 diputado por Ovalle, año en que se desempeñó como vicepresidente de la Cámara.

 

Notas

1 Sesiones de los Cuerpos Legislativos. Tomo II, pág. 172. M. S. Decreto Joaquín Echeverría, 18 agosto 1819, citado por Pereira.

2 M. S. Diary in Talcahuano. Por desgracia solo hay dos hojas, citadas por Pereira.

3 CG 1050, f 385.

4 CG 1050, f 384.

5 CG 1038, f 77.

6 Esta fecha la debemos a la gentileza del profesor Julio Retamal Ávila.

7 Palabras en el margen de difícil lectura.

 

Bibliografía

Aguayo-Lobo, Anelio; Torres Navarro, Daniel y Jorge Acevedo Ramírez, "Los mamíferos marinos de Chile": I. Cetácea 48. Serie Científica, Instituto Antártico Chileno (INACH), (Santiago, 1998): 19-159.

Aravena Azócar, Pantaleón. Cosas de vieja, o sea, apuntes para las tradiciones talquinas. Santiago, Imprenta La Locomotora, 1905.6

Barros Arana, Diego. Historia Jeneral de Chile. Tomo IX. Santiago, Rafael Jover editor, 1888.

Eyzaguirre Gutiérrez, Jaime. Historia de Chile. Segunda edición. Santiago, Editorial ZigZag, 1973.

Muñoz, Juan Guillermo. "María de Niza, sus dos maridos, familia, viña y alambique". RIVAR 3, IDEA, USACH (Santiago, 2015): 104-115.

Pereira Salas, Eugenio. Jeremías Robinson: agente norteamericano en Chile (1818-1823). Santiago, Imprenta Universitaria, 1937.

 

Los documentos

Capitanía General, volumen 1050
Jeremías Robinson. Proyecto de producir aguardiente con un alambique de vapor

(f. 379) Excelentísimo señor.

El abajo firmado con el debido respeto suplica al gobierno del Estado de Chile que le conceda bajo carta de patente un derecho exclusivo para el uso de un ingenio de máquina impelida y trabajada por poder del vapor, para el objeto de sacar aguardientes de substancias vegetables y esencias denominada alambique de vapor, por el espacio de quince años, descripto y explicado en una carta a su excelencia de esta fecha, la cual acompañada de esta petición, con un dibujo del modelo por el cual el suplicante propone depositar en los archivos del gobierno, en evidencia de la importancia y perfección del principio de la invención y para su mejor seguridad contra imposición y fraude en su aplicación.

Santiago de Chile, seis de julio del (f. 379 v) año de mil ochocientos diez y nueve.

El abajo firmado tiene el honor de ser, de su excelencia, su muy humilde servidor.

J. Robinson.

A su excelencia don Bernardo O'Higgins, director supremo del Estado de Chile.

(f. 380) Nota: Algunas de las propiedades peculiares y visibles del alambique de vapor son:

Primera: Que es capaz de producir toda variedad y calidad de espíritus y cordiales que hasta ahora se han extractado de substancias vegetables y esencias.

Segunda: Que la cantidad que da cualquiera substancia es mucho mayor que lo que pueden dar por cualquier otro proceso de alambique en menos tiempo.

Tercera: Que el alambique obrando sobre el vapor y distante del caldero que lo hierve, el material que se pasa por este alambique no puede estar contaminado por un exceso o falta de calor (como sucede con los mejores calderos de hierro y cobre de la mejor invención y alambiques conocidos) por lo cual el gusto original y rico de la fruta o materiales puede percibirse en el espíritu, haciéndolo más agradable al paladar y congenial a las funciones anímicas y a la vida.

J. Robinson.

(f. 381) Excelentísimo señor.

El abajo firmado con el mayor respeto suplica a vuestra excelencia le conceda una orden que lo autorice, o a sus agentes o representantes, para tomar legal posesión en su nombre de la hacienda estancia o chácara, lugar o lugares, asiento a asientos de molino, juntamente con las pailas o calderos, botijas y demás utensilios y cosas, propiedad que esté, o de que pueda disponer el Estado y el gobierno en la provincia de Concepción y que se considere la más a propósito y necesaria para el establecimiento de la máquina o alambique de vapor y del molino de harina anexo a aquel, relativo a esto y al cultivo de las plantas y vegetales botánicos. También para la perfección de otros proyectos, planes y adelantamientos, beneficios al Estado y nación, cuya utilidad ha tenido el honor de explicar a vuestra excelencia el (f. 381 v) muy honorable senador don Francisco Pérez.

En esta virtud, a vuestra excelencia suplica el abajo firmado se sirva conceder lo que solicita, favor que espera conseguir de la justicia de vuestra excelencia.

J. Robinson.

Santiago 1° de julio de 1819.

A su excelencia don Bernardo O'Higgins, director supremo del Estado, etcétera. (f. 382) Excelentísimo señor.

El abajo firmado con el mayor respeto suplica a vuestra excelencia que se digne mandar, se le haga cesión de una chácara, estancia o hacienda situada en la provincia de Concepción y particularmente la comúnmente llamada la chácara, o más bien la estancia, de Maones, o cualquier otro lugar o lugares o asientos de molino, siendo propiedades del Estado, o de los cuales tendrá el gobierno derecho para disponer y el que sea más elegible por el término de quince años, con el privilegio de locación, derecho de adquisición y legítima posesión con sus casas y demás que les pertenezca para el objeto de construir una máquina de alambique de vapor con su molino de harina que les es anexo, sobre un (f. 382 v) método nuevo y muy perfecto, juntamente con otras máquinas benéficas al interés del Estado y también a los objetos filosóficos del agricultor, que tienen relación con el cultivo de la tierra, de las plantas y otros vegetales relativos a la botánica.

El abajo firmado también suplica se le cedan pailas o calderos, botijas y vasijas útiles que estén en los límites de la provincia de Concepción, ya sean propiedad del gobierno, o que a lo menos puedan estar a su disposición, y que sean necesarios para el progreso y perfección de la obra propuesta juntamente la protección que frecuentemente exigen y siempre merecen beneficios tan importantes y nacionales, del gobierno.

En la sabiduría del cual confía el suplicante se le conceda su petición.

El abajo firmado tiene el honor de ser, con el mayor respeto, de vuestra excelencia su muy humilde servidor.

J. Robinson.

Santiago, 1° de julio 1819.

A su excelencia don Bernardo O'Higgins, director supremo del Estado de Chile, etcétera.

(f. 383) Nota.

El suplicante ha sido informado que los lugares especificados están a la disposición del gobierno y es muy probable que algunos de ellos servirían a su designio. A saber:

Estancia de don Francisco González, Columa.

Chácara de don Pedro Campar.

Chácara de don José Manuel Lobo.

Chácara de don Pedro Araos, Francón.

Estancia del difunto Lorreta, Granerillo Tumbes.

Estancia de Mahones.

Estancia de don José Manuel Iribura, Bulae.

Las dos últimas han sido representadas como mejor adaptadas al objeto contemplado.

Las pailas expresadas son aquellas que fueron usadas en purificar el aceite de ballena en la provincia de Concepción mientras que estaba aquella en poder de los españoles.

(f. 384) Excelentísimo señor.

Persuadido del deseo de vuestra excelencia en patrocinar y promover las artes y ciencias, y toda especie de adelantamiento conducentes a la entera independencia y bienestar del Estado de Chile, como [anhela] a la felicidad de sus habitantes, me atrevo a exponer a vuestra excelencia que últimamente he puesto en operación activa un alambique para extraer licores espirituosos de substancias vegetales y más particularmente de las siguientes a saber, aguardiente de uvas, priscos, peras, papas, zapallos, membrillos, manzanas, [etcétera]. También ginebra, ron, whiskey, etcétera, de granos y toda clase de cordiales y licores electos; el cual alambique opera y trabaja por el poder combinado de fuego y vapor, formando una de las más perfectas demostraciones de la ciencia práctica, filosóficamente aplicada a los usos de la sociedad humana y capaz de producir a la economía política, los felices resultados, tan benéficos a los individuos como a la nación.

Ofrezco este importante adelantamiento en mecánica al servicio del gobierno (f. 384 v) de vuestra excelencia y de los habitantes de Chile. Por tanto rendidamente suplico a vuestra excelencia me conceda bajo patente o permiso particular un derecho exclusivo [para] usarla por el término de quince años, no con el objeto de monopolizar, sino únicamente el de impedir que otra persona obtenga de ello sus ventajas con perjuicio de los actuales propietarios e inventores, a cuya pretensión pueden ellos justamente autorizados como por un medio de protección contra imposición y fraude y para resarcir en cierto modo los cuantiosos gastos que han tenido que hacer para presentar este digno obsequio a la sociedad.

Las siguientes demostraciones de varias producciones del alambique referido (el primero inventado en Chile) que tengo el honor de presentar a vuestra excelencia, pueden dar una prueba de sus ventajas, utilidad, superioridad y provecho.

Tengo el honor de ser, señor excelentísimo, con el mayor respeto su muy humilde y atento servidor.

Santiago de Chile. 6 de julio de 1819. J. Robinson.

Al excelentísimo señor director supremo del Estado de Chile, etcétera. Santiago. Julio 17 de 1819 Pase al excelentísimo Senado, O'Higgins, Echeverría. (f. 385) Poderoso señor.

Algunas de las propiedades peculiares y visibles del alambique de vapor:

Primera: Que es capaz de producir toda variedad y calidad de espíritus y cordiales que hasta ahora se han extractado de substancias vegetables y esencias.

Segunda: Que la cantidad que da cualquiera substancia es mucho mayor que lo que pueden dar por cualquier otro proceso de alambique en menos tiempo.

Tercera: Que el alambique obrando sobre el vapor y distante del caldero que lo hierve, el material que se pasa por este alambique no puede estar contaminado por un exceso o falta de calor como sucede con los mejores calderos de hierro y sobre de la mejor invención y alambiques conocidos por lo cual el gusto original y rico de la fruta y materia puede percibirse en el espíritu, haciéndolo más agradable al paladar y congenial a las funciones anímicas y a la vida.

J. Robinson.

(f. 386) N° 438

Excelentísimo señor.

El privilegio exclusivo que intenta don José Robinson para el uso de la nueva máquina de extraer licores, es el más justo como digno de un nuevo empresario que va a valorizar nuestras producciones, dándoles la importancia que por ahora no tiene en toda su extensión el ramo de licores. Puede concedérsele el exclusivo privilegio por el término de seis años, ligándosele con la obligación de pagar los respectivos derechos de extracción si hubiesen de salir los licores fuera del país y con la calidad que hayan de ser naturales los brazos auxiliares de que deba valerse para la máquina y extracción proyectada.

Dios guarde a vuestra excelencia muchos años.

Sala del senado, julio 23 de 1819.

Francisco Antonio Pérez, José María Villarreal.

Santiago, julio 28 de 1819.

Conformado: Con declaración que debe el empresario ocupar a naturales del país, a lo menos en una cuarta parte de las manos auxiliares que aplique para sus obras. Désele testimonio de lo actuado para que le sirva de resguardo. O'Higgins, Chavarría.

Se le expidió carta patente acerca del privilegio exclusivo.

(f. 387) Santiago, 3 de agosto 1819.

Excelentísimo señor.

Animado por haberme concedido vuestra excelencia de acuerdo con el honorable Senado un derecho exclusivo para usar una máquina o alambique de vapor en este Estado, con el objeto de sacar espíritus de sustancias y esencias vegetales y un molino de harina, es indispensable y necesario para llevarlo a su operación completa, y la provincia de Concepción ofrece mayores ventajas que esta capital, o su vecindad, para su establecimiento, tanto en su punto público como privado. Estoy inducido con la sugestión de vuestra excelencia a suplicarle con el mayor respeto el lugar o lugares, cosas y demás que se especifican y comprendan en la petición que acompaño o la que sean más adaptables a aquel asunto y otros adelantamientos que necesito, igualmente útiles y ventajosos a este gobierno y nación, cuya naturaleza y utilidad tuve el honor de explicarlas verbalmente a vuestra excelencia y al muy honorable senador don Francisco Pérez.

He sabido que los lugares y cosas que demuestro son de propiedad confiscada que pertenece al Estado y como tal, en punto de vista nacional, puede convertirse en un uso ventajoso propuesto.

(f. 387 v) Las pailas y calderos que se mencionan, se empleaban en purificar aceite de ballena cuando la provincia de Concepción estaba en poder de la autoridad de España.

En adición a las obras de que hablo en mi petición contemplo construir o hacer que construya, en un periodo futuro no muy remoto, una fábrica de papel y una máquina o molino para aserrar madera, la intención para completar estos planes y proyectos dan el más fuerte motivo para suplicar el privilegio de locación para tales asientos o asiento de molinos en la provincia de Concepción, con el derecho de adquisición y legal posesión que sean mejor adaptadas a los premeditados objetos.

En caso que vuestra excelencia, en conformidad de su proposición que mencionó anoche, conceda una orden a mi favor, por la locación de lugares y tomar posesión de las cosas que se mencionan en la petición, en el carácter ejecutivo de vuestra excelencia, independiente del Senado, vuestra excelencia me obligará mucho por hacer que la orden se exprese en mi nombre, de tal modo que pueda extenderse a mis agentes, procuradores y representantes. Sin embargo fuese del caso exponer estos (f. 388) documentos a la vista del honorable Senado, espero que se hallarán adecuados al objeto para que se proponen.

Las partes en donde se construyan estas obras o parte de ellas se aumentarán en valor e importancia, la renta y riqueza nacional y demás resortes por lo [que] respeta [a] independencia en importaciones extranjeras, esta clase se aumentará por aquellos que me parecen equivalentes a los acomodos que se suplican. 7

Como vuestra excelencia tuvo la bondad de indicar una disposición para facilitar este asunto ofreciéndose voluntariamente a dar la orden mencionada inmediatamente, me valgo de la presente ocasión para renovar mi solicitud por la pronta atención del asunto, pues es compatible con la conveniencia de vuestra excelencia y el interés público.

Tengo el honor de ser, con el mayor respeto, de vuestra excelencia, su muy humilde y obediente servidor.

J. Robinson.

Su excelencia don Bernardo O'Higgins, director supremo del Estado, etcétera. (f. 388 v) Santiago, agosto 17 de 1819 N° 1.

Encárguese al gobernador intendente de Concepción el que prefiera a don Jeremías Robinson, sus agentes o representantes, en el arrendamiento de la hacienda o terreno perteneciente al Estado que eligiese para establecer el alambique de vapor, cuyo privilegio exclusivo se le ha concedido.

O'Higgins, Chavarría.

Cumplido.

Capitanía General, volumen 1038
Ramón y Francisco Javier Varas y Recabarren. Moderna máquina para producir aguardiente en 1826

(f. 77) Excelentísimo señor.

Los ciudadanos Ramón y Francisco Javier Varas y Recabarren, vecinos de esta capital con el más profundo respeto a vuestra excelencia exponen: que seis años ha, a costa de ingentes gastos y extraordinarios sacrificios trabajamos con la misión, constancia en la ardua e importante empresa de extraer aguardiente de granos, frutas, etcétera, y para el efecto mandamos traer a reinos extranjeros una complicada y valiosísima máquina como así mismo varios individuos para el manejo de ella y su reparación en caso preciso, y fabricación de lagares, tinas y otras piezas que son necesarias e indispensables para su debida plantación. Arrendamos una suerte de tierras en el lugar de Malloa y pusimos la referida máquina y al poco tiempo el propietario de dicho terreno nos faltó a lo estipulado y por evitar un litis abandonamos esta empresa tan útil al Estado: últimamente hemos comprado un terreno en Labra para dar principio a dicho establecimiento que consumirá gran cantidad de granos y frutas en esta parte del Estado que por falta de extracción y consumo, se había casi abandonado este tan precioso ramo de agricultura. Hemos sido, señor excelentísimo, los primeros chilenos que concebimos tan loable proyecto y para llevarlo a cabo hemos sacrificado la mayor parte de nuestras fortunas y aún virtud, por premio e indemnización solicitamos (f. 77 v) de vuestra excelencia se digne concedernos un privilegio exclusivo por el término de diez años. Por tanto: Suplicamos se digne proveer conforme a lo expuesto, es gracia, etcétera.

Ramón Varas y Recabarren, Francisco Varas y Recabarren. Santiago, mayo 6 de 1826. Informe de comisario nacional. Blanco.

Excelentísimo señor.

El comisario nacional vista la solicitud a los ciudadanos don Ramón y don Francisco Varas para establecer una fábrica de aguardiente extraídos de granos y frutas del país con privilegio exclusivo dice: que esta clase de privilegios que obstruyen y restringen la industria nacional y sus mejoras, solo pueden ser premio de una nueva invención o de empresas difíciles y costosísimas a que no pueda suvenir las fortunas y conocimientos actuales de los ciudadanos, más conveniente es conceder algunas gracias auxiliatorias de las nuevas empresas que no la exclusión. Por qué, debiendo ser en Chile casi nuevo todo lo que es industrial, solo tendremos una fábrica de cada cosa.

Por estas consideraciones el comisario se opondría a dicho privilegio a la actual solicitud; sino estuviese instruido de que anteriormente se le habían concedido a los suplicantes, en cuya virtud emprendieron grandes costos que les frustraron. Y si por otra parte no viese que esta difícil y costosa industria en un país que abunda en viñas, no puede ofrecer muchos empresarios... todo, vuestra excelencia, con sus altos conocimientos, resolverá lo más conveniente.

Santiago y mayo 16 de 1826. Juan Egaña.

 


Recibido: 5-8-2015 Aprobado: 15-9-2015

 


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